Artículo 23. Formalización de la colaboración
Los convenios establecidos para la ejecución de actuaciones en carreteras con colaboración privada se adecuarán a lo establecido en los Capítulos anteriores de este Decreto.
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Los convenios establecidos para la ejecución de actuaciones en carreteras con colaboración privada se adecuarán a lo establecido en los Capítulos anteriores de este Decreto.