Artículo 15.
1. El proyecto de trazado es la parte del proyecto de construcción que contiene los aspectos geométrios de éste, así como la definición concreta de los bienes y derechos afectados.
2. El proyecto de trazado comprendera, como minimo:
- a) Memoria donde se describa y justifique la solución adoptada, de manera que quede fuere de toda duda el carácter definitivo del trazado proyectado, y la seguridad de que no se verá afectado por estructuras, afirmado y obras complementarias.
Anexos a la Memoria en la que se incluirán todos los datos que identifiquen y justifiquen el trazado y las características elegidas.
Documentos necesarios para promover las autorizaciones administrativas previas a la ejecución de obras.
Relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados, con la descripción material de los mismos en planos de planta y parcelarios. - b) Planos de trazado, en los cuales se aprecie el terreno a ocupar por las obras y las restantes características generales de la carretera.
- c) Presupuesto a nivel de anteproyecto.
3. En un documento separado para uso exclusivo y reservado de la Administración, se incluira el cálculo de la valoración de las expropiaciones precisas.

