Art. 4.° Clasificación funcional.
1. Las carreteras se clasifican, según su función,
dentro de las siguientes redes:
- a. Red básica: Es la que sirve de apoyo al tránsito de paso y al tránsito interno de
larga distancia, e incluye también las vías intercomarcales e intracomarcales de
especial importancia viaria.
Incluye igualmente la red arterial, integrada por las vías segregadas
de acceso a los núcleos de población que, pasando total o parcialmente por zonas
urbanas, tienen como función compatibilizar el tráfico local y el tráfico de paso.
- b. Red comarcal: Es la que sirve de apoyo al tráfico generado entre las capitales
comarcales y los principales municipios y núcleos de población y actividad de la misma
comarca o de comarcas limítrofes, al tráfico generado entre cada uno de estos centros y
a la conexión de estos núcleos con itinerarios de la red básica.
- c. Red local: Es la que sirve de apoyo al tráfico intermunicipal, integrada por el
conjunto de vías que facilitan el acceso a los municipios y núcleos de población y
actividad no situados sobre las redes básica y comarcal, y comprende todas las carreteras
que no figuran en la red básica ni en la comarcal.
2. En función de sus características técnicas y
funcionales, el Plan de Carreteras de Cataluña puede establecer para cada una de las
redes a las cuales se refiere el apartado 1 las categorías de primaria y secundaria.