1. En los proyectos que se redacten de nuevas carreteras, variantes, duplicación de calzadas y en los específicos de reordenación de accesos, se deberán planificar los accesos a través de vías de servicio, enlaces, intersecciones, rotondas u otras soluciones adecuadas a cada caso.
2. No se autorizarán accesos directos a los ramales de los enlaces e intersecciones a los carriles de cambio de velocidad, ni a las vías colectoras distribuidoras.
3. Los proyectos de construcción o trazado, variantes, duplicaciones de calzada y ordenación de accesos comprenderán la expropiación de los terrenos a integrar en la zona de dominio público, incluyendo los destinados a las vías de servicio.
(Artículo redactado de conformidad con la RESOLUCION de 3 de mayo de 2002)