El tráfico es uno de los condicionantes fundamentales de toda obra o estudio de carreteras. El conocimiento lo más perfecto posible de su volumen y características es necesario para la correcta elaboración de cualquier estudio de alternativas, anteproyecto o proyecto de carreteras. Por otra parte, la importancia de los datos de tráfico desde el punto de vista macroeconómico y de planificación, hace de la Administración el sujeto idóneo para su obtención y elaboración (al menos en lo referente a la red principal de carreteras). Se garantiza así la homogeneidad, compatibilidad y continuidad de las mismas en el tiempo. Por otra parte, la evidencia de la variabilidad de las características del tráfico hace necesaria la adecuación periódica de las condiciones del método de medición.
El Plan de Aforos de Tráfico del País Vasco es el elemento adecuado para el desarrollo de esta sistemática. En el apartado 5.2 se define el contenido que tendrá este Plan de Aforos.
Este Plan de Aforos, que se debe hacer todos los años, y que afecta únicamente a la Red Funcional de carreteras definida en los trabajos del Plan General de Carreteras del País Vasco, trata de lograr los objetivos antes citados en la forma más económica posible, y se trata por tanto, de un plan de mínimos que podrá ser completado por las Diputaciones aforando las estaciones complementarias que considere oportunas en cada caso.
Por otra parte, la imposibilidad de cubrir dentro del Plan de Aforos toda la Red de Carreteras y Caminos del País Vasco, hará necesario en algunos casos la realización de estudios complementarios, En el apartado 5.3 se amplia este aspecto de los estudios de tráfico y su inclusión en el proyecto.
El Gobierno Vasco a través de su Departamento competente por razón de materia realizará periódicamente la definición de un Plan de Aforos de Tráfico ajustándose a la condiciones siguientes:
El ámbito de aplicación del Plan de Aforos de Tráfico del País Vasco será la Red Funcional de Carreteras definida en los trabajos del Plan General de Carreteras del País Vasco.
Las Diputaciones forales podrán realizar sus propios aforos en el resto de la red (no funcional) de la forma que consideren adecuada.
En el Plan de Aforos del País Vasco se define la Red de Estaciones de Aforos en sus dos vertientes: (ver Anexo (anexo omitido))
La localización deberá efectuarse atendiendo a criterios de oportunidad, por la. importancia de los tramos objeto de control, y de dispersión geográfica.
La caracterización de las estaciones de aforo es su clasificación según el nivel de observaciones a suministrar durante el año.
La metodología que se utilizara para la realización del Plan de Aforos es por muestreo y consiste en deducir de algunos aforos con observaciones de larga duración con empleo de aparatos automáticos que funcionarían en el programa "ligeros-pesados", (aforos permanentes y primarios), colocados en tramos representativos, unos coeficientes o factores de transformación que definen los ciclos generales del tráfico y que nos permitirá extrapolar los resultados a otros puntos de aforos afines o de carácter similar, en los cuales se realizan un número escaso de observaciones manuales al año.
De acuerdo con el nivel de observaciones practicado, las estaciones de aforo se clasifican siguiendo el mismo criterio que el Plan Nacional de Aforos del MOPU en:
La observación se realiza durante todos los días del año, utilizando aparatos automáticos con registradores horarios y sistema de detección de vehículos ligeros y pesados.
Se realizan aforos durante veinticuatro días completos, eligiendo seis periodos de cuatro días consecutivos, de forma que en cada periodo hay dos días laborables, un sábado y un domingo. Los meses se seleccionan de manera alternativa. Las observaciones se hacen cada dos meses, y cada año cambian los meses de observación. Se utilizan aparatos automáticos con registradoras horarias, complementándolo con aforos manuales.
Constituye una red superpuesta a las estaciones de control principal y se aforan exclusivamente seis días laborables al año, uno cada dos meses. Para cada estación de control secundario debe establecerse una afinidad con una o varias estaciones de control principal, con objeto de tener en cuenta la influencia de sábados y domingos. Se utilizan aparatos automáticos con registradoras horarias, complementando con aforos manuales.
Se realiza un aforo al año en día laborable y durante dieciséis horas (de 6 a 22 horas) y a partir de este dato y los suministrados por las estaciones de control afines, se determina el tráfico medio diario anual (I.M.D.), medido en vehículos/día. Se utilizan aparatos totalizadores y aforos manuales complementarios.
De este modo eligiendo cuidadosamente los puntos de observación y estableciendo los grupos afines correspondientes, se obtendrá un completo sistema informativo del tráfico sin necesidad de grandes requerimientos materiales y humanos, optimizando el número de observaciones en base a una adecuada caracterización de las estaciones de aforo.
Así mismo, en las estaciones permanentes, primarias y secundarias se realizarán aforos manuales en los que se registrarán únicamente las motos y autobuses de acuerdo con el siguiente criterio:
La nomenclatura será la siguiente: tendrá un código formado por las siglas del Territorio Histórico y un número para cada estación obteniéndose la tabla anexa (omitida).
Las estaciones incluidas en el presente Plan de Aforos se hallan en un listado en el que se incluyen la carretera, identificada por su antigua denominación, y tramo en que se debe instalar la estación, su localización aproximada, el nombre de la misma, tipo y dependencia en el caso de ser estaciones secundarias o de cobertura.
Como se puede observar, las localizaciones corresponden, en general, a estaciones ya existentes y pertenecientes al Plan de Aforos del MOPU, en los que se mantiene su nombre.
Las estaciones de nueva localización siguen la misma nomenclatura de las actuales (siglas del Territorio Histórico y un número nuevo), y su localización exacta será a propuesta de las Diputaciones.
Las estaciones permanentes se nombran por la primaria asociada a ellas hasta ahora.
Las estaciones de cobertura existentes anteriormente y no incluidas en el listado, podrán ser aforadas por las Diputaciones si así lo consideran necesario.
El proceso de los datos se realizará por el Gobierno Vasco a través de su Departamento competente por razón de materia en colaboración con las Diputaciones Forales, para el adecuado seguimiento del Plan General de Carreteras del País Vasco.
Cuando por razón de la evolución de los tráficos o del mejor conocimiento de la situación, se precise modificar la localización de estaciones o el carácter de las mismas, se resolverán dichas modificaciones mediante acuerdo de la Comisión del Plan, tanto a propuesta del Departamento competente del Gobierno Vasco como de las Diputaciones forales.
Si durante la redacción de cualquier estudio de carreteras se observase una insuficiencia de datos, bien por no existir estos (al no estar la carretera en estudio entre las aforadas dentro del Plan del Aforos del País Vasco o de las Diputaciones), bien por no tener la precisión necesaria para el mismo, se realizarán dentro del correspondiente proyecto los estudios que fuesen necesarios para la definición del tráfico en la zona por la que discurre la carretera.
Los métodos principales para la recogida de datos básicos son:
En cualquier caso, en el anejo de la memoria se incluirá toda la información obtenida en el estudio de tráfico, tanto los datos brutos como su elaboración y conclusiones.