TÍTULO V Régimen del servicio
Cláusula 32. Características técnicas del servicio.-
Las características técnicas del servicio se ajustarán: 
  - 1. A las especificaciones técnicas de la norma IMT-2000 elegida y en su caso a la
    normativa del ETSI sobre sistemas UMTS.
 
  - 2. A las recomendaciones e informes de la UIT y a las decisiones de la Unión Europea.
 
  - 3. A las decisiones e informes del Comité Europeo de Radiocomunicaciones de la
    Conferencia Europea de Administraciones Postales y de Telecomunicaciones (CEPT).
 
  - 4. Al Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias.
 
  - 5. Al presente pliego de prescripciones técnicas.
 
El despliegue del servicio se referirá exclusivamente a su componente terrenal.