En la valoración de las aportaciones no dinerarias intervendrá la Delegación del Gobierno, que podrá exigir su revisión dentro del primer año de incorporadas al concesionario. Esta intervención no enerva el derecho de los socios para impugnar aquellas, de acuerdo con la Ley de Sociedades Anónimas.
Si se tratase de aportaciones efectuadas por el Estado, mediante obras ya realizadas, será el Ministerio de Obras Públicas quien dictará el acuerdo valorativo correspondiente.