Cláusula 98. Incumplimientos y sanciones durante la fase de construcción.-
Durante el período de construcción serán causas de
sanción las que se enumeran:
- a) Retraso en los plazos de presentación de los proyectos.
- b) Retraso en los plazos de iniciación de las obras.
- c) Retraso en los plazos de terminación de las obras.
- d) Retraso en los plazos de apertura al trafico.
- e) Cualquier otro incumplimiento de obligaciones o plazos señalados en los pliegos o
impuestos por resolución administrativa.
Las cuantías de las sanciones no podrán exceder de las
señaladas en el articulo 138 del Reglamento General de Contratación del Estado, y se
aplicaran sobre la base de los presupuestos totales del tramo o tramos de que se trate.