De conformidad con lo indicado en el anterior escrito se acompaña al mismo informe suscrito por el Jefe de la Sección de Contratación de la Consejería de Medio Ambiente y Urbanismo del Principado de Asturias en el que se expresa el criterio favorable a la consideración de TRAGSA como servicio propio de la Administración y a la posibilidad de que la Consejería de Medio Ambiente y Urbanismo pueda encargarle directamente la ejecución de obras y trabajos, no obstante lo cual considera que dicho criterio debe ser refrendado por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa."Con motivo de la entrada en vigor de la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas, la denuncia presentada contra España sobre adjudicación a la empresa TRAGSA, así como, la modificación de la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, suprimiéndose el Instituto Nacional de Reforma y Desarrollo Agrario (IRIDA) y el Instituto para la Conservación de la Naturaleza (ICONA) se suscitaron serias dudas sobre si se podrá aplicar o no el convenio existente entre esta Consejería e ICONA para considerar a la empresa TRAGSA como un servicio propio de esta Administración autonómica y por lo tanto poder encargarle directamente la ejecución de obras y trabajos.
Por parte de esta Consejería se ha emitido un informe en donde, a través de la documentación que se facilitó por la empresa TRAGSA, si parece posible el que se siga considerando como un servicio propio de esta Comunidad Autónoma.
No obstante solicitamos que por esa Junta Consultiva se nos emita informe en orden a si es posible o no el seguir manteniendo esta consideración y en su virtud poder encargarle la realización directa de contratos en los términos del artículo 153 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas."