2. Conforme se indica en el anterior escrito se acompaña al mismo el pliego de condiciones jurídicas y económico administrativas que han de regir en el concurso para la adjudicación del arrendamiento de la plaza de toros y organización de los tradicionales encierros de Cuéllar y el documento de formalización del contrato suscrito entre el Ayuntamiento de Cuéllar y D. Gustavo M. Postigo Santamaría en 7 de abril de 1995. A efectos del presente informe, resulta procedente destacar los siguientes extremos de la documentación remitida:"Al amparo del artº 10 de la Ley 13/95, de 18 de mayo, de contratos de las Administraciones Públicas, y artº 17 del Decreto 30/91, de 18 de Enero, sobre Régimen Orgánico y Funcional de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa, vengo a solicitar informe sobre la siguiente cuestión:
Se adjunta contrato y pliego de condiciones del Concurso convocado y adjudicado por este Ayuntamiento, para el "Acondicionamiento de la Plaza de Toros y Organización de los Tradicionales encierros de esta Villa".
Se pregunta:
Si se puede modificar el contrato vigente, de mutuo acuerdo entre las partes, de tal forma que el actual adjudicatario continúe con el "arrendamiento de la Plaza de toros" percibiéndose por la Administración Municipal el precio del arrendamiento y el Ayuntamiento se encargue de la "organización de los tradicionales encierros", percibiendo el contratista parte de la subvención recogida en la cláusula tercera del Pliego".