REAL DECRETO 390/96, de 1 de marzo, DE DESARROLLO PARCIAL DE LA LEY 13/95, de 18 de mayo, DE CONTRATOS DE LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS
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Art. 5. Capacidad de las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea.

La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará mediante la inscripción en los Registros o presentación de las certificaciones que se indican en el anexo I de este Real Decreto, en función de los diferentes contratos.

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