REAL DECRETO 390/96, de 1 de marzo, DE DESARROLLO PARCIAL DE LA LEY 13/95, de 18 de mayo, DE CONTRATOS DE LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS
A LAS DISPOSICIONES TRANSITORIAS A LAS DISPOSICIONES FINALES

DISPOSICION DEROGATORIA UNICA.

Tabla de vigencias y de disposiciones que se derogan.

1. En las materias reguladas por el presente Real Decreto, en cuanto no resulten modificadas por el mismo, conservarán su vigencia las siguientes disposiciones:

2. Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango en cuanto se opongan a lo dispuesto en este Real Decreto y, en particular, las siguientes:

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