CONVENIO COLECTIVO GENERAL DEL SECTOR DE LA CONSTRUCCION
A LA DISPOSICION TRANSITORIA A LA DISPOSICION FINAL

DISPOSICION ADICIONAL.

Las organizaciones firmantes del presente Convenio General, sensibles con la situación en la que se desarrollan los trabajos en las obras del sector de la construcción, consideran conveniente instar a los Poderes Públicos para que se analice la posibilidad de adelantar la edad de jubilación de los trabajadores afectados, a través de la implantación de coeficientes reductores de la edad máxima o cualquier otro sistema análogo.

A la página inicial del CONVENIO COLECTIVO GENERAL DEL SECTOR DE LA CONSTRUCCION A la página principal de CONVENIOS COLECTIVOS A la página inicial de WWW.CARRETERAS.ORG