XII CONVENIO COLECTIVO NACIONAL DE EMPRESAS DE INGENIERIA Y OFICINAS DE ESTUDIOS TECNICOS
AL PREAMBULO
XII CONVENIO COLECTIVO NACIONAL DE EMPRESAS DE INGENIERIA Y OFICINAS DE ESTUDIOS TECNICOS

RESOLUCIÓN de 31 de julio de 2003, DE LA DIRECCION GENERAL DE TRABAJO, POR LA QUE SE DISPONE LA INSCRIPCION EN EL REGISTRO Y PUBLICACION DEL XIII CONVENIO COLECTIVO NACIONAL DE EMPRESAS DE INGENIERIA Y OFICINAS DE ESTUDIOS TECNICOS

Visto el texto del XIII Convenio Colectivo Nacional de Empresas de Ingeniería y Oficinas de Estudios Técnicos (Cód. Convenio n.º 9902755) que fue suscrito con fecha 4 de julio de 2003 de una parte por la Asociación Española de Empresas de Ingeniería, Consultoría y Servicios Tecnológicos (Tecniberia/Asince) en representación de las empresas del sector y de otra por la Federación de Servicios de UGT (FES-UGT) y la Federación de Servicios Financieros y Administrativos de CC.OO. (COMFIA-CC.OO.), en representación del colectivo laboral afectado y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/95, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción del citado Convenio Colectivo en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 31 de julio de 2003

La Directora general,
Soledad Córdova Garrido.

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