TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objeto de la Ley.
1. Esta Ley tiene por objeto regular los
siguientes derechos:
- a) A acceder a la información ambiental que obre en poder de las
autoridades públicas o en el de otros sujetos que la posean en su nombre.
- b) A participar en los procedimientos para la toma de decisiones sobre
asuntos que incidan directa o indirectamente en el medio ambiente, y cuya
elaboración o aprobación corresponda a las Administraciones Públicas.
- c) A instar la revisión administrativa y judicial de los actos y
omisiones imputables a cualquiera de las autoridades públicas que supongan
vulneraciones de la normativa medioambiental.
2. Esta ley garantiza igualmente la difusión y puesta a disposición del
público de la información ambiental, de manera paulatina y con el grado de
amplitud, de sistemática y de tecnología lo más amplia posible.