ANEXO II. CRITERIOS PARA DETERMINAR LA POSIBLE SIGNIFICACION DE LOS EFECTOS
SOBRE EL MEDIO AMBIENTE
- 1. Las características de los planes y programas, considerando en
particular:
- a) La medida en que el plan o programa establece un marco para
proyectos y otras actividades con respecto a la ubicación, la
naturaleza, las dimensiones, las condiciones de funcionamiento o
mediante la asignación de recursos.
- b) La medida en que el plan o programa influye en otros planes o
programas, incluidos los que estén jerarquizados.
- c) La pertinencia del plan o programa para la integración de
consideraciones ambientales, con el objeto, en particular, de promover
el desarrollo sostenible.
- d) Problemas ambientales significativos relacionados con el plan o
programa.
- e) La pertinencia del plan o programa para la implantación de la
legislación comunitaria o nacional en materia de medio ambiente (por
ejemplo, los planes o programas relacionados con la gestión de residuos
o la protección de los recursos hídricos).
- 2. Las características de los efectos y del área probablemente afectada,
considerando en particular:
- a) La probabilidad, duración, frecuencia y reversibilidad de los
efectos.
- b) El carácter acumulativo de los efectos.
- c) El carácter transfronterizo de los efectos.
- d) Los riesgos para la salud humana o el medio ambiente (debidos,
por ejemplo, a accidentes).
- e) La magnitud y el alcance espacial de los efectos (área geográfica
y tamaño de la población que puedan verse afectadas).
- f) El valor y la vulnerabilidad del área probablemente afectada a
causa de:
- 1.º Las características naturales especiales o el patrimonio
cultural.
- 2.º La superación de estándares de calidad ambiental o de
valores límite.
- 3.º La explotación intensiva del suelo.
- 4.º Los efectos en áreas o paisajes con rango de protección
reconocido en los ámbitos nacional, comunitario o internacional.