Artículo 25. Efectos.
La inclusión de un hábitat en el Catálogo Español de Hábitats en Peligro de
Desaparición, surtirá los siguientes efectos:
- a) Una superficie adecuada será incluida en algún instrumento de gestión
o figura de protección de espacios naturales, nueva o ya existente.
- b) Las Comunidades autónomas definirán y tomarán las medidas necesarias
para frenar la recesión y eliminar el riesgo de desaparición de estos
hábitats en los instrumentos de planificación y de otro tipo adecuados a
estos fines.