Artículo 67. Características de las Reservas de la Biosfera.
Las Reservas de Biosfera, para su integración y
mantenimiento como tales, deberán respetar las directrices y normas aplicables
de la UNESCO y contar, como mínimo, con:
- a) Una ordenación espacial integrada por:
- 1.º Una o varias zonas núcleo de la Reserva que sean espacios
naturales protegidos, con los objetivos básicos de preservar la
diversidad biológica y los ecosistemas, que cuenten con el adecuado
planeamiento de ordenación, uso y gestión que potencie básicamente
dichos objetivos.
- 2.º Una o varias zonas de protección de las zonas núcleo, que
permitan la integración de la conservación básica de la zona núcleo con
el desarrollo ambientalmente sostenible en la zona de protección a
través del correspondiente planeamiento de ordenación, uso y gestión,
específico o integrado en el planeamiento de las respectivas zonas
núcleo.
- 3.º Una o varias zonas de transición entre la Reserva y el resto del
espacio, que permitan incentivar el desarrollo socioeconómico para la
mejora del bienestar de la población, aprovechando los potenciales y
recursos específicos de la Reserva de forma sostenible, respetando los
objetivos de la misma y del Programa Persona y Biosfera.
- b) Unas estrategias específicas de evolución hacia los objetivos
señalados, con su correspondiente programa de actuación y un sistema de
indicadores adaptado al establecido por el Comité MaB Español, que permita
valorar el grado de cumplimiento de los objetivos del Programa MaB.
- c) Un órgano de gestión responsable del desarrollo de las estrategias,
líneas de acción y programas.