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1. Quedan derogadas las disposiciones de carácter general que se opongan a lo establecido en esta Ley y, en particular, la Ley 4/89, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres, la disposición adicional primera de la Ley 10/06, de 28 de abril, por la que se modifica la Ley 43/03, de 21 de noviembre, de Montes y los anexos I, II, III, IV, V y VI del Real Decreto 1997/95, de 7 de diciembre, por el que se establecen medidas para contribuir a garantizar la biodiversidad mediante la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres.
2. Asimismo, se derogan, en lo referente a la caza con reclamo, los siguientes artículos: