Preámbulo
Artículo 1. Objeto.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Artículo 3. Definiciones.
Artículo 4. Información al público.
Artículo 5. Índices de ruido y su aplicación.
Artículo 6. Métodos de evaluación de los índices de ruido ambiental.
Artículo 7. Métodos de evaluación de los efectos nocivos.
Artículo 8. Identificación y elaboración de mapas estratégicos de ruido.
Artículo 9. Delimitación del ámbito territorial de los mapas estratégicos de ruido.
Artículo 10. Planes de acción.
Artículo 11. Colaboración en la elaboración de mapas estratégicos de ruido y planes de acción.
Artículo 12. Mapas estratégicos de ruido limitrofes.
Artículo 13. Seguimiento.
Artículo 14. Información a la comisión.
DISPOSICION ADICIONAL UNICA.
DISPOSICIONES FINALES.
ANEJO 1.
Índices de ruido.
ANEJO 2.
Métodos de evaluación para los índices de ruido.
ANEJO 3.
Métodos de evaluación de los efectos nocivos.
ANEJO 4.
Requisitos mínimos sobre el cartografiado estratégico del ruido.
ANEJO 5.
Requisitos mínimos de los planes de acción.
ANEJO 6.
Información que debe comunicarse al Ministerio de Medio Ambiente.
ANEJO 7.
Criterios para la delimitación de una aglomeración