h) Informar sobre todo tipo de propuestas de redacción de proyectos de modificaciones de obras ya contratadas, siempre que la cuantía del presupuesto de adjudicación del contrato inicial supere la cantidad de 500.000.000 de pesetas.
j) Reconocer. comprobar y recibir las obras públicas ejecutadas por los distintos servicios, sociedades y organismos públicos citados en el apartado primero, así como las que realicen los titulares de concesiones para la construcción de autopistas de peaje En el supuesto de que la cuantía no alcance la cantidad de 500.000.000 de pesetas, la Inspección General podrá acordar que la recepción de las obras sea realizada por el servicio u órgano correspondiente.