ORDENANZA DE TRABAJO DE LA CONSTRUCCION, VIDRIO Y CERAMICA. (Aprobada por Orden Ministerial de 28/8/70)
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Artículo 215.

La sujeción de las colas se efectuarán por uno de los procedimientos siguientes:

La sujeción de los tablones a los puentes podrá ejecutarse con atado de lías. La sujeción del pie de los virotillos sobre los puentes se ejecutará clavándolos.

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