La pega de los barrenos se hará, a ser posible, a hora fija y fuera de la jornada de trabajo o durante los descansos, no permitiéndose la circulación de persona alguna por la zona comprendida dentro del radio de acción de los barrenos, desde cinco minutos antes de prenderse el fuego a las mechas, hasta después de que hayan estallado todos ellos, o que por la dirección responsable se diga que no existe peligro.
Se procurará el empleo de la pega eléctrica, así como de mechas y detonadores de seguridad.
En el caso de un barreno fallido, la carga y pega de los sucesivos, próximos a aquél, se hará extremando al máximo las precauciones de rigor.