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1. Este real decreto tiene por objeto el desarrollo del artículo 24 de la Ley 31/95, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, referido a la coordinación de actividades empresariales.
2. Las disposiciones establecidas en este real decreto tienen el carácter de normas mínimas para la protección de la seguridad y salud de los trabajadores en los supuestos de coordinación de actividades empresariales.