ANEXO V: Comunicaciones verbales
1. Características intrínsecas
- 1º La comunicación verbal se establece entre un locutor o emisor y uno o varios
oyentes, en un lenguaje formado por textos cortos, frases, grupos de palabras o palabras
aisladas, eventualmente codificados.
- 2º Los mensajes verbales serán tan cortos, simples y claros como sea posible; la
aptitud verbal del locutor y las facultades auditivas del o de los oyentes deberán bastar
para garantizar una comunicación verbal segura.
- 3º La comunicación verbal será directa (utilización de la voz humana) o indirecta
(voz humana o sintética, difundida por un medio apropiado).
2. Reglas particulares de utilización
- 1º Las personas afectadas deberán conocer bien el lenguaje utilizado, a fin de poder
pronunciar y comprender correctamente el mensaje verbal y adoptar, en función de éste,
el comportamiento apropiado en el ámbito de la seguridad y la salud.
- 2º Si la comunicación verbal se utiliza en lugar o como complemento de señales
gestuales, habrá que utilizar palabras tales como, por ejemplo:
- a. Comienzo: para indicar la toma de mando
- b. Alto: para interrumpir o finalizar un movimiento
- c. Fin: para finalizar las operaciones
- d. Izar: para izar una carga
- e. Bajar: para bajar una carga
- f. Avanzar retroceder a la derecha a la izquierda: para indicar el sentido de un
movimiento (el sentido de estos movimientos debe, en su caso, coordinarse con los
correspondientes códigos gestuales)
- g. Peligro: para efectuar una parada de emergencia
- h. Rápido: para acelerar un movimiento por razones de seguridad.