PREAMBULO
A
rtículo 1. Objeto.
Artículo 2. Definición de "equipo de protección individual"
Artículo 3. Obligaciones generales del empresario.
Artículo 4. Criterios para el empleo de los equipos de protección individual.
Artículo 5. Condiciones que deben reunir los equipos de protección individual.
Artículo 6. Elección de los equipos de protección individual.
Artículo 7. Utilización y mantenimiento de los equipos de protección individual.
Artículo 8. Obligaciones en materia de información y formación.
Artículo 9. Consulta y participación de los trabajadores.
Artículo 10. Obligaciones de los trabajadores.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
DISPOSICIONES FINALES
ANEXO I: Lista indicativa y no exhaustiva de equipos de protección individual.
ANEXO II: Esquema indicativo para el inventario de los riesgos con el fin de utilizar equipos de protección individual.
ANEXO III: Lista indicativa y no exhaustiva de actividades y sectores de actividades que pueden requerir la utilización de equipos de protección individual.
ANEXO IV: Indicaciones no exhaustivas para la evaluacion de equipos de protección individual.