Artículo 10. Aplicación de la protección de clase A.
La protección de clase A se establecerá en los pasos a
nivel que presenten las siguientes características:
- 1. Pasos a nivel en vía general: Cuando el Momento de circulación (A x T) del paso a
nivel presente un valor inferior a 1.000, salvo lo establecido en el punto 2 del artículo 12 de esta Orden.
- 2. Pasos a nivel en estaciones: Sólo con carácter transitorio existirá esta clase de
protección hasta tanto sea posible establecer la protección de clase C conforme a lo
determinado en los siguientes artículos.