ORDEN de 2 de agosto de 2001 POR LA QUE SE DESARROLLA EL ARTICULO 235 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ORDENACION DE LOS TRANSPORTES TERRESTRES, EN MATERIA DE SUPRESION Y PROTECCION DE PASOS A NIVEL
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Artículo 17. Características de la protección de clase E.

1. Señalización a la vía férrea: Idéntica señalización a la establecida en el punto 1 del artículo 9 para la protección de clase A.

2. Señalización a la carretera o camino:

2.1 Señalización fija vertical y horizontal: Idéntica señalización a la establecida en los puntos 2.1 y 2.2 del artículo 13 para la protección de clase C.

2.2 Señalización luminosa y acústica: La instalación de este tipo de señales será discrecional y, caso de instalarse, se ajustarán a lo dispuesto en los puntos 2.3 y 2.4 del artículo 11 para la protección de clase B.

2.3 Señalización de balizamiento: Barreras o semibarreras móviles, establecidas en el artículo 144.1.b) del RGC, accionadas por el correspondiente guardabarreras, manualmente o por cualquier tipo de mecanismo, si bien, cuando se trate de pasos a nivel en estación, deberán tener un dispositivo que permita su coordinación con la señalización de la estación.

Las barreras o semibarreras habrán de quedar cerradas, como mínimo, sesenta segundos antes del paso de cada circulación ferroviaria.

3. Esta clase de protección conllevará además la instalación de teléfono, a través del cual se comunicarán al guardabarreras las circulaciones ferroviarias inmediatas, cuyo uso se regulará en las normas de circulación de la infraestructura ferroviaria.

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