LEY 10/01, de 5 de julio, DEL PLAN HIDROLOGICO NACIONAL

LEY 53/02, de 30 de diciembre, DE MEDIDAS FISCALES, ADMINISTRATIVAS Y DEL ORDEN SOCIAL

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DISPOSICIONES ADICIONALES

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VIGÉSIMA PRIMERA. Modificación de la Ley 10/01, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional.

Se incorpora un inciso en el apartado 2 del artículo 17 de la Ley 10/01, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional, que quedará redactado en los siguientes términos:

"En ningún caso, podrán destinarse las aguas trasvasadas a la creación de nuevos regadíos, a la ampliación de los existentes ni al riego de los campos de golf en las zonas beneficiadas por las transferencias"

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