ANEXO IV. LISTA DE SUSTANCIAS PELIGROSAS
Las sustancias peligrosas se clasifican en Lista I,
Lista II preferente y Lista II prioritaria y son las sustancias
reguladas a través de la normativa que se relaciona a
continuación:
- a) Lista I: sustancias reguladas a través de la Orden
de 12 de noviembre de 1987, del Ministerio de Obras
Públicas y Urbanismo, sobre Normas de Emisión, objetivos
de calidad y métodos de medición de referencia relativos
a determinadas sustancias nocivas o peligrosas
contenidas en los vertidos de aguas residuales, modificada
por las Órdenes de 13 de marzo de 1989, 27 de
febrero de 1991, 28 de junio de 1991 y 25 de mayo de
1992.
- b) Lista II preferente: sustancias reguladas a través del
Real Decreto 995/2000, de 2 de junio, por el que se fijan objetivos
de calidad para determinadas sustancias contaminantes
y se modifica el Reglamento del Dominio Público Hidráulico,
aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril.
- c) Lista II prioritaria: sustancias reguladas a través
de la Decisión núm. 2455/2001/CE del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 20 de noviembre de 2001, por
la que se aprueba la lista de sustancias prioritarias en el
ámbito de la política de aguas, y por la que se modifica
la Directiva 2000/60/CE.
Estas normas se mantienen en vigor hasta tanto no
sean modificadas por las que, sobre sustancias peligrosas,
sean aprobadas en aplicación de la Directiva 2000/60/
CE, por la que se establece un marco comunitario de
actuación en el ámbito de la política de aguas.