REGLAMENTO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA DEL AGUA Y DE LA PLANIFICACION HIDROLOGICA
A LAS DISPOSICIONES ADICIONALES Al anexo 2

ANEXO NUMERO 1
Calidad exigida a las aguas superficiales que sean destinadas a la producción de agua potable

I. Las aguas superficiales susceptibles de ser destinadas al consumo humano quedan clasificadas en los tres grupos siguientes, según el grado de tratamiento que deben recibir para su potabilización.

II. Los niveles de calidad de las aguas superficiales destinadas a la producción de agua potable que fijen los planes hidrológicos no podrán ser menos estrictos que los que figuran en la tabla siguiente para los distintos tipos de calidad que figuran en el apartado anterior, salvo que se prevea un tratamiento especial que las haga potables.

No obstante lo anterior, y excepcionalmente, los citados límites que figuran en dicha tabla podrán ampliarse en los supuestos siguientes:

Se entenderá por enriquecimiento natural el proceso en virtud del cual una masa de agua determinada recibe del suelo determinadas sustancias contenidas en el mismo sin intervención humana.

Las Confederaciones Hidrográficas y las Administraciones Hidráulicas de las Comunidades Autónomas en las cuencas de sus respectivas competencias acordarán la aplicación de las excepciones señaladas, precisando los motivos que las originan y los períodos de tiempo para los que se prevén. en ningún caso las excepciones previstas podrán ignorar las obligaciones impuestas por la protección de la salud pública."

Parámetro Unidad Tipo A1 Tipo A2 Tipo A3
pH - (6,5-8,5) (5,5-9) (5,5-9)
Color (O) Escala Pt 20 100 200
Sólidos en suspensión mg/l (25) - -
Temperatura (O) ºC 25 25 25
Conductividad a 20ºC mS/cm (1.000) (1.000) (1.000)
Nitratos (O) (*) mg/l NO3 50 50 50
Fluoruros (1) mg/l F 1,5 (0,7/1,7) (0,7/1,7)
Hierro disuelto mg/l Fe 0,3 2 (1)
Manganeso mg/l Mn (0,05) (0,1) (1)
Cobre mg/l Cu 0,05 (O) (0,05) (1)
Zinc mg/l Zn 3 5 5
Boro mg/l B (1) (1) (1)
Arsénico mg/l As 0,05 0,05 0,1
Cadmio mg/l Cd 0,005 0,005 0,005
Cromo total mg/l Cr 0,05 0,05 0,05
Plomo mg/l Pb 0,05 0,05 0,05
Selenio mg/l Se 0,01 0,01 0,01
Mercurio mg/l Hg 0,001 0,001 0,001
Bario mg/l Ba 0,1 1 1
Cianuros mg/l CN 0,05 0,05 0,05
Sulfatos (**) mg/l SO4 250 250 (O) 250 (O)
Cloruros (**) mg/l Cl (200) (200) (200)
Detergentes mg/l (lauril-sulfato) (0,2) (0,2) (0,5)
Fosfatos (*) (2) mg/l P2O5 (0,4) (0,7) (0,7)
Fenoles mg/l C6H5OH 0,001 0,005 0,1
Hidrocarburos disueltos o emulsionados
(tras extracción en éter de petróleo)
mg/l 0,05 0,2 1
Carburos aromáticos policíclicos mg/l 0,0002 0,0002 0,001
Plaguicidas totales mg/l 0,001 0,0025 0,005
DQO (*) mg/l O2 - - (30)
Oxigeno disuelto (*) % satur (70) (50) (30)
DBO5 (*) mg/l O2 (3) (5) (7)
Nitrogeno Kjedahl mg/l N (1) (2) (3)
Amoniaco mg/l NH4 (0,05) 1,5 4 (O)
Sustancias extraibles con cloroformo mg/l SEC (0,1) (0,2) (0,5)
Coliformes totales a 37ºC 100 ml (50) (5.000) (50.000)
Coliformes fecales 100 ml (20) (2.000) (20.000)
Estreptococos fecales 100 ml (20) (1.000) (10.000)
Salmonellas   Ausente en 5.000 ml Ausente en 1.000 ml  

(Anexo redactado de conformidad con el R.D. 1541/94)

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