Artículo 13.
Integran el Pleno del Consejo Nacional del Agua:
- a) El Presidente.
- b) Tres Vicepresidentes. (redactado de conformidad con el R.D. 439/94)
- c) Los Vocales natos.
- d) Los Vocales designados.
- e) Los Vocales electivos.
- f) El Secretario general.