REGLAMENTO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA DEL AGUA Y DE LA PLANIFICACION HIDROLOGICA
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Artículo 42.

1. La designación de estos representantes de los usuarios se realizará conforme a los siguientes procedimientos:

2. La designación de cada representante irá acompañada de la de un suplente que sustituirá al titular por causa justificada ante el Presidente de la Junta con anterioridad a cada reunión.

3. Las relaciones de titulares y suplentes serán puestas en conocimiento del Presidente del Organismo de cuenca, en un plazo de diez días.

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