1. Las Juntas de Obras estarán integradas por:
2. La Junta de Gobierno, a propuesta del Director técnico, establecerá el numero de Vocales que corresponda según los distintos tipos de aprovechamientos afectados y efectuará sus nombramientos a medida que se vayan constituyendo las distintas agrupaciones de usuarios, a propuesta de las mismas.
3. Actuará como Secretario de la Junta de Obras un funcionario del Organismo de cuenca, designado por el Director técnico.