ANEXO III
(Con anterioridad al R.D. 606/03 este anexo, con
igual contenido salvo el apartado 1 de la relación II, se denominaba anexo al Título
III)
Relación I de sustancias contaminantes
- 1. Compuestos organohalogenados y sustancias que puedan dar origen a compuestos de esta
clase en el medio acuático.
- 2. Compuestos organofosfóricos.
- 3. Compuestos organoestánnicos.
- 4. Sustancias que posean un poder cancerígeno, mutágeno o teratógeno en el medio
acuático o a través del mismo. (Apartado redactado de conformidad con el R.D. 1315/92)
- 5. Mercurio y compuestos de mercurio.
- 6. Cadmio y compuestos de cadmio.
- 7. Aceites minerales persistentes e hidrocarburos de origen petrolífero persistentes.
- 8. Sustancias sintéticas persistentes que puedan flotar, permanecer en suspensión o
hundirse causando con ello perjuicio a cualquier utilización de las aguas.
Relación II de sustancias contaminantes
- 1. Sustancias que forman parte de las categorías y grupos enumerados en la
relación I para las que no se hayan fijado límites según el artículo
256 de este reglamento, excepto cuando se trate de vertidos a aguas subterráneas. (Apartado
redactado de conformidad con el R.D. 606/03)
- 2. Sustancias o tipos de sustancias comprendidos en el siguiente apartado y que, aun
teniendo efectos perjudiciales, puedan quedar limitados en zonas concretas según las
características de las aguas receptoras y su localización.
- 3.
- a) Los metaloides y metales siguientes y sus compuestos:
- 1. Cinc.
- 2. Cobre.
- 3. Níquel.
- 4. Cromo.
- 5. Plomo.
- 6. Selenio.
- 7. Arsénico.
- 8. Antimonio.
- 9. Molibdeno.
- 10. Titanio.
- 11. Estaño.
- 12. Bario.
- 13. Berilio.
- 14. Boro.
- 15. Uranio.
- 16. Vanadio.
- 17. Cobalto.
- 18. Talio.
- 19. Teluro.
- 20. Plata.
- b) Biocidas y sus derivados no incluidos en la relación I.
- c) Sustancias que tengan efectos perjudiciales para el sabor y/o el olor de productos de
consumo humano derivados del medio acuático, así como los compuestos susceptibles de
originarlos en las aguas.
- d) Compuestos organosilícicos tóxicos o persistentes y sustancias que puedan
originarlos en las aguas, excluidos los biológicamente inofensivos o que dentro del agua
se transforman rápidamente en sustancias inofensivas.
- e) Compuestos inorgánicos de fósforo y fósforo elemental.
- f) Aceites minerales no persistentes o hidrocarburos de origen petrolífero no
persistente.
- g) Cianuros, fluoruros.
- h) Sustancias que influyen desfavorablemente en el balance de oxígeno, especialmente
las siguientes: