REAL DECRETO
849/86
- TITULO PRELIMINAR
- TITULO PRIMERO. DEL DOMINIO PUBLICO HIDRAULICO DEL ESTADO
- CAPITULO PRIMERO. DE LOS BIENES QUE LO
INTEGRAN
- CAPITULO II.
DE LOS CAUCES, RIBERAS Y MARGENES
- CAPITULO III.
DE LOS LAGOS, LAGUNAS, EMBALSES Y TERRENOS INUNDABLES
- CAPITULO IV.
DE LOS ACUIFEROS SUBTERRANEOS
- TITULO SEGUNDO. DE LA
UTILIZACION DEL DOMINIO PUBLICO HIDRAULICO
- CAPITULO PRIMERO. SERVIDUMBRES LEGALES
- Sección 1.ª Disposición general
- Sección 2.ª
Servidumbres de acueducto
- Sección 3.ª
Otras servidumbres
- CAPITULO II. USOS COMUNES Y
PRIVATIVOSCAPITULO CAPITULO
- Sección 1.ª Usos comunes. Principios
generales
- Sección
2.ª Usos comunes especiales. Normas generales
- Sección
3.ª Autorizaciones para navegación y flotación
- Sección
4.ª Autorizaciones para el establecimiento de barcas de paso y sus embarcaderos
- Sección
5.ª Otras autorizaciones
- Sección
6.ª Autorizaciones en zona de policía
- Sección
7.ª Usos privativos por disposición legal
- Sección
8.ª Extinción del derecho al uso privativo
- Sección
9.ª Régimen de explotación de los embalses superficiales y acuíferos subterráneos.
Asignaciones y reservas de recursos
- CAPITULO III.
AUTORIZACIONES Y CONCESIONES
- Sección 1.ª La concesión de aguas
en general
- Sección
2.ª Normas generales de procedimiento
- Sección
3.ª Normas complementarias de procedimiento
- Sección
4.ª Tramitación de concesiones de aguas para abastecimiento de poblaciones y
urbanizaciones
- Sección
5.ª Tramitación de concesiones de obras e instalaciones en el dominio público
hidráulico
- Sección
6.ª Especialidades en la tramitación de otras concesiones
- Sección
7.ª Novación de concesiones
- Sección
8.ª Modificación de las características de las concesiones
- Sección
9.ª Revisión de las concesiones
- Sección
10. Extinción de las concesiones
- Sección
11.ª Alumbramiento y utilización de aguas subterráneas
- Sección 12.ª Del Registro de Aguas y del Catálogo de Aguas Privadas
- Subsección 1.ª Registro de Aguas del Organismo de
cuenca
- Subsección 2.ª Catálogo de Aguas Privadas
- Subsección 3.ª Base central de datos
- CAPITULO IV.
COMUNIDADES DE USUARIOS
- Sección
1.ª Normas generales
- Sección
2.ª Organos de las Comunidades de Usuarios y régimen de sus acuerdos
- Sección
3.ª Normas complementarias
- TITULO TERCERO. DE LA
PROTECCION DEL DOMINIO PUBLICO HIDRAULICO Y DE LA CALIDAD DE LAS AGUAS CONTINENTALES
- CAPITULO PRIMERO. NORMAS GENERALES,
APEO Y DESLINDE DEL DOMINIO PUBLICO Y ZONAS DE PROTECCION
- Sección
1.ª Normas generales
- Sección
2.ª Apeo y deslinde
- Sección
3.ª Zonas de protección
- CAPITULO II.
DE LOS VERTIDOS
- Sección 1.ª Autorizaciones de vertido
- Sección 2.ª Entidades colaboradoras
- Sección 3.ª Sustancias peligrosas
- Sección 4.ª Vertidos a las aguas subterráneas
- Sección 5.ª Establecimiento de instalaciones industriales
- Sección 6.ª Revisión de las autorizaciones
- Sección 7.ª Vertidos no autorizados o que inclumplen las condiciones de la
autorización
- Sección 8.ª Supuestos especiales de intervención del organismo de cuenca
- Sección 9.ª Empresas de vertido
- CAPITULO III. DE LA REUTILIZACION DE
LAS AGUAS DEPURADAS
- CAPITULO
IV. DE LOS AUXILIOS DEL ESTADO
- CAPITULO
V. DE LAS ZONAS HUMEDAS
- TITULO CUARTO. DEL REGIMEN
ECONOMICO-FINANCIERO DE LA UTILIZACION DEL DOMINIO PUBLICO HIDRAULICO
- CAPITULO
PRIMERO. CANON DE OCUPACION
- CAPITULO II. CANON DE CONTROL DE VERTIDOS
- CAPITULO
III. CANON DE REGULACION Y TARIFAS
- CAPITULO
IV. ACTOS DE LIQUIDACION
- TITULO QUINTO. DE LAS
INFRACCIONES Y SANCIONES Y DE LA COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES
- CAPITULO
PRIMERO. INFRACCIONES Y SANCIONES
- CAPITULO
II. COMPETENCIAS DE LOS TRIBUNALES
- TITULO SEXTO. CONTRATO DE
CESION DE DERECHOS AL USO PRIVATIVO DE LAS AGUAS PUBLICAS
- CAPITULO PRIMERO. DEL CONTRATO DE CESION
- CAPITULO II. CENTROS DE INTERCAMBIO
- DISPOSICIONES TRANSITORIAS
- DISPOSICION FINAL
- ANEXO I
- ANEXO II. Contaminantes
- ANEXO III
- ANEXO IV. Cálculo del coeficiente de
mayoración o minoración del canon de control de vertidos
(en cursiva artículos
que han sido modificados o introducidos por el Real
Decreto 606/03, de 23 de mayo)