LEY 21/03, de 7 de julio, DE SEGURIDAD AEREA
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Artículo 37. Obligaciones específicas de las compañías aéreas y empresas de trabajos aéreos.

Además de las que se establecen en el artículo anterior, son obligaciones de las compañías dedicadas al transporte aéreo comercial y de las empresas que realicen trabajos aéreos las siguientes:

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