|
|
1. Salvo que el pliego establezca otra cosa, la ejecución del contrato de obras comenzará con el acta de comprobación del replanteo.
2. La comprobación del replanteo se efectuará dentro del mes siguiente a la formalización del contrato. Para su práctica se citará al contratista, quien deberá firmar la correspondiente acta en la que se haga constar el resultado del trámite.