TITULO IV. PUBLICIDAD DE LAS LICITACIONES
Regla 37. Anuncios oficiales
1. Para la publicidad de los contratos comprendidos en el ámbito de
aplicación de la Ley 48/1998, de 30 de diciembre, de procedimientos de
contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y las
telecomunicaciones se estará a lo que en ella se establece.
2. Los restantes contratos a que se refiere esta Orden se sujetarán al
siguiente régimen de publicidad:
- a) Aquellos cuyo importe sea superior a 200.000 euros en contratos de
suministro, servicios y 400.000 euros en contratos de obras, pero que no
alcancen la cuantía que sujetaría su publicidad a lo establecido en la Ley
48/1998, de 30 de diciembre, de procedimientos de contratación en los
sectores del agua, la energía, los transportes y las telecomunicaciones, se
publicarán mediante anuncio en el BOE. El plazo fijado para la recepción de
ofertas no será inferior a 13 días contados desde la fecha en que se publicó
el anuncio.
- b) Aquellos cuya cuantía alcance los umbrales establecidos en la Ley
48/1998, de 30 de diciembre, de procedimientos de contratación en los
sectores del agua, la energía, los transportes y las telecomunicaciones, se
publicarán de conformidad con lo establecido en la mencionada Ley.
- c) Los anuncios se ajustarán a los modelos establecidos según su ámbito.
- d) El órgano de contratación podrá, a efectos informativos, acordar la
publicidad adicional que estime oportuna.
- e) Salvo que en el pliego se establezca otra cosa, se entenderá que los
gastos por publicidad corresponde asumirlos al contratista. En ningún caso
podrá establecerse en el pliego que asuma el adjudicatario los gastos a que
se refiere el apartado 2.d) de esta Regla.