ANEXO
Son puertos de interés general y por lo tanto, y de
acuerdo con el artículo 149.1.20.ª de la Constitución Española, competencia exclusiva
de la Administración del Estado, los siguientes:
- 1. Pasajes y Bilbao en el País Vasco.
- 2. Santander en Cantabria.
- 3. Gijón-Musel y Avilés en Asturias.
- 4. San Cibrao, Ferrol y su ría, A Coruña, Vilagarcía de Arousa y su ría, Marín
y ría de Pontevedra y Vigo y su ría, en Galicia.
- 5. Huelva, Sevilla y su ría, Cádiz y su bahía (que incluye el Puerto de Santa
María, el de la zona franca de Cádiz, Puerto Real, el Bajo de la Cabezuela y Puerto
Sherry), Tarifa, Algeciras-La Línea, Málaga, Motril, Almería y Carboneras en
Andalucía.
- 6. Ceuta y Melilla.
- 7. Cartagena (que incluye la dársena de Escombreras) en Murcia.
- 8. Alicante, Gandía, Valencia, Sagunto y Castellón en la Comunidad Valenciana.
- 9. Tarragona y Barcelona en Cataluña.
- 10. Palma de Mallorca, Alcudia, Mahón, Eivissa y La Savina en Baleares.
- 11. Arrecife, Puerto Rosario, Las Palmas (que incluye el de Salinetas y el de
Arinaga), Santa Cruz de Tenerife (que incluye el de Granadilla), Los Cristianos, Guía de
Isora, San Sebastián de la Gomera, Santa Cruz de la Palma y la Estaca en Canarias
(Redactado de conformidad con la LEY 24/01)
Por tanto,
Mando a todos los españoles, particulares y autoridades,
que guarden y hagan guardar esta Ley.
JUAN CARLOS I
El Presidente del Gobierno,
FELIPE GONZALEZ MARQUEZ
Notas:
- La redaccion inicial del presente anexo era la dada por la Ley 27/92 (BOE
25-11-92):
- "1. Pasajes y Bilbao en el País Vasco.
- 2. Santander en Cantabria.
- 3. Gijón-Musel y Avilés en Asturias.
- 4. San Ciprian, Ferrol y su ría, La Coruña,
Villagarcía de Arosa y su ría, Marín-Pontevedra y su ría y Vigo y su ría, en Galicia.
- 5. Ayamonte, Huelva (que incluye el de Punta Umbría),
Sevilla y su ría (que incluye el de Bonanza), Cádiz y su bahía (que incluye el Puerto
de Santa María, el de la zona franca de Cádiz, Puerto Real, el Bajo de la Cabezuela,
Puerto Sherry y el de Rota), Tarifa, Algeciras-La Línea, Málaga, Motril, Almería y
Carboneras en Andalucía.
- 6. Ceuta y Melilla.
- 7. Cartagena (que incluye la dársena de Escombreras)
en Murcia.
- 8. Torrevieja, Alicante, Gandía, Valencia, Sagunto,
Castellón y Vinaroz en la Comunidad Valenciana.
- 9. Tarragona y Barcelona en Cataluña.
- 10. Palma de Mallorca, Alcudia, Mahón, Ibiza y Cala
Sabina en Baleares.
- 11. Arrecife, Puerto Rosario, Las Palmas (que incluye
el de Salinetas y el de Arinaga), Santa Cruz de Tenerife (que incluye el de Granadilla),
Los Cristianos, San Sebastián de la Gomera, Santa Cruz de la Palma y la Estaca en
Canarias." Posteriormente la Ley 62/97 (BOE 25-11-92) modificó la
redacción del apartado 11 por la siguiente "11. Arrecife,
Puerto del Rosario, Las Palmas (que incluye el de Salinetas y el de Arinaga), Santa Cruz
de Tenerife (que incluye el de Granadilla), Los Cristianos, Guía de Isora,
San Sebastián de la Gomera, Santa Cruz de la Palma, La Estaca y Timirijaque
en Canarias."