ORDEN MINISTERIAL de 30 de julio de 1998 POR LA QUE SE ESTABLECE EL REGIMEN DE LAS TARIFAS POR SERVICIOS PORTUARIOS PRESTADOS POR LAS AUTORIDADES PORTUARIAS
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Artículo 52. Base de la tarifa.

La base para la liquidación de la tarifa será la superficie en metros cuadrados resultante del producto de la eslora máxima de la embarcación por la manga máxima y el período de veinticuatro horas de estancia en el atraque o puesto de fondeo. Por eslora máxima se entiende la máxima distancia existente entre los extremos de los elementos más salientes de proa y popa de la embarcación y sus medios auxiliares.

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