2.2 SISTEMAS DE CONTENCION DE VEHICULOS RECOMENDADOS
Sólo se aconseja el
empleo de sistemas de contención de vehículos que estén incluidos en las presentes
Recomendaciones y en el Catálogo anexo a ellas.
En el caso de aquéllos
sistemas de contención no incluidos en el Catálogo, que hayan sido ensayados de acuerdo
con la normativa del Comité Europeo de Normalización (CEN) y dispongan de probada
experiencia en vías de características semejantes a las integradas en la Red de
Carreteras del Estado, se podrá presentar a la Dirección General de Carreteras un
informe técnico que detalle los ensayos realizados y las condiciones de empleo del
sistema. La Dirección General de Carreteras decidirá sobre la admisión e inclusión en
el Catálogo.