4.1.3. Disposición en altura
Siempre que instalen,
repongan o sea necesario recrecer las barreras, la altura de la parte superior de una
barrera de seguridad metálica tipo BM**A será de 70 cm, con una tolerancia de 5 cm en
más y 0 cm en menos; para barreras de hormigón será igual o mayor que 80 cm, con una
tolerancia de 3 cm en más y 2 cm en menos sobre la altura especificada en el Catálogo
anexo a las presentes Recomendaciones.
Para los pretiles y para
las barreras de alta contención, será la indicada en las correspondientes fichas del
Catálogo.
Cuando por obras de
mantenimiento la parte superior de las barreras de seguridad existentes tenga una altura
inferior a 60 cm en las metálicas, y a 70 cm en la de hormigón, estas se recrecerán. La
altura libre por debajo del borde inferior de la valla más baja de una barrera metálica
de seguridad o pretil metálico no podrá ser superior a 50 cm.
Si la distancia de la
barrera de seguridad o pretil al borde de la calzada no excede de 2 m, la altura de su
parte superior la definirá un plano paralelo a la superficie del arcén y que pase por el
extremo superior de la barrera o pretil; en los demás casos se referirá al terreno,
tablero o acera en que esté implantado, a 0,5 m de la cara delantera de la barrera de
seguridad o pretil.
Donde delante de una barrera de
seguridad o pretil haya bordillos (disposición no recomendada) de altura superior a 7 cm,
los límites mencionados se incrementarán en la altura de dichos bordillos.
En tramos de concentración de accidentes de motoristas,
se instalará bajo la valla otra cuyo borde superior se situará a una altura de 35 cm,
separada 10 cm por delante de los postes, que evite el choque directo contra ellos.