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Cuando haya de construirse una carretera en terreno llano y elevado nivel freático, se estudiará el rebajamiento del misma por media de drenes enterrados, tal como se detalla en el epígrafe 6.4. Si no existiera posibilidad de desaguar el sistema de drenaje, se proyectará la carretera en terraplén.
Para la elección del material del terraplén, se tendrá en cuenta que su humedad de equilibrio debe disminuir rápidamente con la distancia al nivel freático y que el terraplén ha de construirse sobre un terreno saturado de agua, sin capacidad para resistir esfuerzos de compactación elevados.
La necesidad de proteger el terraplén mediante la colocación de membranas bituminosas u hojas de plástico, tratando su superficie can sustancias hidrófobas, o adoptando disposiciones análogas a la indicada en las figuras 6.7.1a y 6.7.1b, dependerá de la naturaleza y estado del terreno y del material disponible para la construcción del terraplén.
Si el terreno natural es compresible y está saturado, en el proyecto de los terraplenes de la carretera se considerará la conveniencia de acelerar su consolidación, mediante drenes verticales de arena, vaciado, u otras técnicas especiales.
Las diferencias de humedad en el suelo bajo la calzada y bajo los arcenes facilitan los movimientos capilares y, al aumentar el contenido de humedad del suelo de la explanada bajo la calzada, disminuyen su capacidad resistente.
Para evitar esta disminución, las fisuraciones del suelo y los asientos diferenciales que con dicho aumento de humedad pueden producirse, deben utilizarse alguna de las siguientes técnicas:
Tanto la membrana impermeable coma las zanjas anticapilares deberán ejecutarse hasta una profundidad de 1,20 m. baja la superficie de las arcenes. Pueden utilizarse como zanjas anticapilares las que se proyecten para el drenaje del firme, cuidando de que el material filtro rampa la continuidad en fase líquida entre el agua situada a un lado y otro de la misma.
En aquellos casos en que sea de temer el efecto helada, se actuará en la forma prevista al respecto en la Instrucción 6.1. I.C., aprobada en 21 de Marzo de 1963.