5. DRENAJE TRANSVERSAL
5.1. INTRODUCCION
La presencia de una
carretera interrumpe la red de drenaje natural del terreno (vaguada, cauces, arroyos,
ríos). El objeto principal del drenaje transversal es restituir la continuidad de esa
red, permitiendo su paso bajo la carretera en condiciones tales que se cumplan los
criterios funcionales del apartado 1.2.
También se aprovechan
las obras de drenaje transversal para desaguar el drenaje de la plataforma y sus márgenes
(capítulos 3 y 4). Si estuvieran muy alejadas
entre sí, podrá ser necesario disponer obras de drenaje transversal exclusivamente para
ese desagüe, siempre que se le pueda dar salida.
Donde concurran cruces
de la carretera -por ejemplo, con cañadas- con obras de drenaje transversal cuyo tamaño
lo permita, se podrán emplear éstas para ambos fines, en las condiciones previstas en el
apartado 1.2. A este respecto, conviene tener en cuenta que puede
presentar problemas el paso de ganado por obras de acero corrugado.
Las obras de drenaje
transversal incluidas en el ámbito de la presente Instrucción pueden dividirse en dos
grupos:
- Las conocidas comúnmente por "pequeñas obras de desagüe", como las
incluidas en la Colección de pequeñas obras de paso 4.2-IC, aprobada por O.M. de 3 de
junio de 1986, u otras análogas, cuya sección resulta determinante para el desagüe del
cauce, y que están generalmente provistas de una solera.
- Los puentes, viaductos y, en general, las obras de paso de grandes dimensiones
-relacionadas con cauces y caudales más importantes y permanentes, mayor altura, etc.-
cuya sección no resulta determinante para el desagüe del cauce, pero que presentan otros
problemas (sobre-elevaciones de la lámina de agua, erosiones bajo apoyos, etc.). No
suelen tener solera.