INSTRUCCION SOBRE LAS ACCIONES A CONSIDERAR EN EL PROYECTO DE PUENTES DE CARRETERAS (IAP)

3.2.4.2. Acciones sísmicas

Las acciones sísmicas en puentes se considerarán únicamente cuando el valor de la aceleración de cálculo sea superior o igual a seis centésimas de g (>0,06 g), siendo g la aceleración de la gravedad.

3.2.4.2.1. Aceleración de cálculo

La aceleración de cálculo en el terreno (ac) a considerar en el estudio sísmico para una estructura en servicio, adoptará la expresión:

ac = gi·ab

siendo ab la aceleración sísmica básica y gi el coeficiente de nivel de daño, definidos a continuación.

a) Aceleración sísmica básica

De acuerdo con la "Norma de Construcción Sismorresistente: Parte General y Edificación (NCSE-94)", las aceleraciones sísmicas básicas, ab, pueden obtenerse de la figura 18, o de forma detallada en el anejo 1 de dicha Norma para los municipios con valores de dicha aceleración iguales o superiores a 0,04g.

La aceleración sísmica básica está relacionada con la intensidad MSK (lMSK) mediante la siguiente fórmula:

log10 ab = 0,3 lMSK -2,23

donde ab es la aceleración sísmica básica (m/s2).

b) Coeficiente de nivel de daño, gi

Según la importancia del puente, la aceleración de cálculo en el terreno se obtendrá multiplicando los valores básicos por un coeficiente que se indica en la tabla 12.

TABLA 12- COEFICIENTE gi SEGÚN LA IMPORTANCIA DEL PUENTE

IMPORTANCIA DEL PUENTE COEFICIENTE DE NIVEL DE DAÑO gi
MODERADA 0,0
NORMAL 1,0
ESPECIAL 1,3

 

Los coeficientes de nivel de daño aquí definidos, representan un período de retorno T y un coeficiente de riesgo E (considerando para este último la vida útil del puente de cien (100) años) de:

Las categorías de los puentes, atendiendo a criterios de afección y acciones sísmicas, se definirán de acuerdo con el uso a que se destine la estructura y con los daños que puede ocasionar su destrucción. Exclusivamente a estos efectos se distinguirán las siguientes categorías:

1) Puentes de importancia moderada

Se incluyen aquellos puentes con probabilidad despreciable de que su destrucción pueda ocasionar víctimas, interrumpir un servicio primario u ocasionar daños económicos significativos a terceros.

2) Puentes de importancia normal

Son aquéllos cuya destrucción puede ocasionar víctimas o interrumpir un servicio necesario para la colectividad o producir importantes pérdidas económicas sin que, en ningún caso, se trate de un servicio imprescindible, ni pueda dar lugar a efectos catastróficos.

Se incluyen en este grupo los pasos superiores, los pasos inferiores y las pequeñas obras de paso pertenecientes a carreteras de una red de alta capacidad (autovías, autopistas y vías de conexión) y los puentes y viaductos ubicados en el resto de la red de carreteras.

3) Puentes de importancia especial

Son aquéllos cuya destrucción puede interrumpir un servicio imprescindible, después de haber ocurrido un terremoto, o aumentar los daños del mismo por efectos catastróficos. En este grupo se incluyen al menos los siguientes:

c) Aceleración sísmica durante la construcción

Durante la fase de construcción, la aceleración de cálculo puede obtenerse multiplicando la aceleración básica por el factor: 0,3·Lc0,37, donde Lc es la duración del período constructivo en años.

3.2.4.2.2. Espectro de cálculo

La cuantificación de las aceleraciones sísmicas de la estructura se realizará basándose en un espectro de cálculo, normalizado a una aceleración de cálculo de un g (1 g).

a) Componentes horizontales

donde:

a.1) Coeficiente de suelo, C

Dependerá de las características del terreno existente en los primeros treinta metros (30 m) bajo la estructura. En el caso de que las cimentaciones se encuentren sobre distintos tipos de suelo, o que una de ellas sea necesario situarla sobre capas de diferente naturaleza, se determinará como espectro resultante para el puente, la envolvente de los espectros de dichos tipos de suelo.

A los efectos de estas determinaciones, los terrenos se clasificarán en:

Para el coeficiente de suelo C se adoptarán los siguientes valores:

a.2) Coeficiente de contribución de la falla Azores-Gibraltar, K

El coeficiente K tendrá en cuenta la contribución de la falla de Azores-Gibraltar a la peligrosidad sísmica de todas las zonas de territorio nacional y su valor podrá variar entre uno y uno y medio (1 a 1,5). Cuando K = 1 la peligrosidad estará motivada por terremotos continentales o de áreas marítimas adyacentes, y cuando K = 1,5 será debida prácticamente a los terremotos originados por la propia falla.

En la figura 19 se presenta el mapa con las isolíneas que definen puntos con igual coeficiente K. En el anejo 1 de la "Norma de Construcción Sismorresistente: Parte General y Edificación (NCSE-94)", se especifican los valores del coeficiente K a considerar en las principales poblaciones españolas.

a.3) Coeficiente de amortiguamiento, n

El valor de dicho coeficiente, dependerá del índice de amortiguamiento x (porcentaje del amortiguamiento respecto al crítico), según la fórmula:

n=(5/x)0'4 con 1<x<10

donde x se expresará en tanto por ciento (%).

En general, y salvo estudios más detallados, se puede considerar un índice de amortiguamiento, x del cinco por ciento (5%).

a.4) Coeficiente de comportamiento, q

Para tener en cuenta que algunas estructuras puedan proyectarse de tal forma que su comportamiento sea dúctil y, por lo tanto, que parte de la energía de la acción sísmica pueda disiparse por deformaciones plásticas, se deberá considerar un factor que tenga en cuenta la posibilidad real de la formación de rotulas plásticas en las pilas, que garanticen el comportamiento descrito. Se obtendrá aplicando los criterios siguientes:

- En puentes de tablero recto apoyado sobre pilas de hormigón armado, este comportamiento se conseguirá si se forman rotulas plásticas sólo en las pilas. En este caso las pilas deben estar dimensionadas para que la armadura longitudinal se plastifique y la rotura se produzca por alargamiento del acero. Además las secciones en la zona de la rotula plástica deberán disponer de una armadura transversal de confinamiento adecuada y con un espaciamiento tal que evite el pandeo de las barras longitudinales comprimidas.

En estos casos la ductilidad de cada pila podrá estimarse utilizando como parámetro el axil reducido (Ñ) y, consecuentemente, éste también deberá resultar un indicador adecuado para estimar el factor de comportamiento, cuyo valor será:

donde: Ñ (axil reducido) = Nd/Ac·fck

El comportamiento de los estribos tanto longitudinalmente por la interacción con el terreno, como transversalmente por sus dimensiones, suele ser muy rígido y, consecuentemente, poco dúctil.

- En el caso de puentes de un solo vano apoyado en estribos deberá tomarse q < 1,2.

- Para puentes soportados verticalmente sobre estribos y pilas, deberá decidirse el mecanismo resistente frente a las acciones horizontales del sismo.

Si el tablero se fijase horizontalmente a los estribos el comportamiento de la subestructura será rígido y el factor a considerar será: q < 1,2.

Si el tablero es soportado por las pilas, el factor de comportamiento dependerá de las características de ductilidad de las mismas, pero, en todo caso, deberá estudiarse adecuadamente el comportamiento conjunto para que las rotulas se produzcan simultáneamente en todas ellas.

- Para puentes tipo pórtico o arco, con fuertes axiles, será difícil establecer un criterio general ya que la formación de rótulas y su situación dependerá de muchos factores. En todo caso los valores del factor de comportamiento deberán limitarse a q < 2.

En estos casos podrá considerarse:

- Para otras tipologías estructurales deberá plantearse un análisis especial para la definición de q, en caso contrario el proyecto se realizará considerando q =1.

En la tabla 13 se recogen los valores de T0, T1 y a(T0), en función de los coeficientes C y K.

Tabla 13
Valores de T0, T1 y a(T0), en función de los coeficientes C y K. (Norma de construcción sismorresistente. Parte general y edificación (NCSE-94))

  C K
1.0 1.1 1.2 1.3 1.4 1.5
T0 1.0 0.15 0.17 0.19 0.21 0.23 0.25
1.4 0.20 0.22 0.24 0.26 0.28 0.30
1.8 0.25 0.27 0.29 0.31 0.33 0.35
T1 1.0 0.34 0.39 0.44 0.50 0.55 0.61
1.4 0.59 0.63 0.68 0.72 0.77 0.81
1.8 0.91 0.92 0.93 0.94 0.95 0.96
a(T0) 1.0 2.50 2.42 2.34 2.26 2.18 2.10
1.4 2.20 2.24 2.28 2.32 2.36 2.40
1.8 1.90 2.06 2.22 2.38 2.54 2.70

 

En la figura 20 se representan los espectros de cálculo para los tres tipos de terreno definidos y diferentes valores del coeficiente K. El espectro así obtenido se deberá modificar en función:

b) Componentes verticales

El espectro de cálculo para la componente vertical del movimiento sísmico, se obtendrá a partir del horizontal multiplicado por un factor igual a siete décimas (0,7).

c) Acciones conjuntas en distintas direcciones

Se deberá considerar la actuación conjunta de las componentes en las distintas direcciones descritas anteriormente. Se podrá utilizar en el cálculo la siguiente composición de los efectos de las acciones mencionadas con el criterio que se expone a continuación:

siendo x, y, z los valores absolutos de los efectos de las acciones sísmicas en las direcciones longitudinal al puente, transversal al puente y vertical, respectivamente.

3.2.4.2.3. Métodos de cálculo

El cálculo sísmico podrá ser efectuado mediante cualquiera de los métodos siguientes:

Este último método podrá ser usado únicamente para obtener acciones sísmicas en forma de fuerzas, mediante el empleo de cargas estáticas equivalentes, y solamente cuando el comportamiento dinámico de la estructura pueda ser suficientemente aproximado mediante un modelo dinámico de un solo grado de libertad.

Esta condición se considerará cumplida en los siguientes casos:

1 La masa efectiva mef de un pilar se obtiene calculando la integral:

a lo largo de la pieza, siendo:
s = la coordenada a lo largo del eje
m(s) = la masa por unidad de longitud en el punto s
f(s) = la deformada del pilar utilizada para la reducción a un (1) grado de libertad, normalizada de modo que su valor a la altura de los aparatos de apoyo sea la unidad.

2 El centro de rigidez es el c.d.g. de las masas virtuales proporcionales a las rigideces transversales de cada elemento sustentador.

En función de las características específicas del puente, el método deberá aplicarse utilizando uno de los tres modelos simplificados que se exponen a continuación:

a) Modelo de tablero rígido

Este modelo podrá aplicarse cuando, bajo la acción sísmica, la deformación del tablero en un plano horizontal sea despreciable en comparación con los desplazamientos de las caras superiores de los aparatos de apoyo.

En la dirección longitudinal se podrá suponer que esta condición se cumple siempre en puentes aproximadamente rectos con tablero continuo.

En la dirección transversal, el tablero podrá considerarse rígido si:

L/B <4,0

o, en general, si se satisface la siguiente condición:

Ld/da<0,20

donde:

En puentes con tablero rígido los efectos sísmicos se podrán determinar aplicándole una carga estática horizontal equivalente F, dada por la expresión:

F = M·a(T)·ac

donde:

La fuerza F se deberá distribuir a lo largo del tablero, de forma proporcional a la distribución de las masas efectivas.

b) Modelo de tablero flexible

Este método se puede considerar, en esencia, un caso particular del indicado en el apartado anterior, en el que se supone que la mayor parte de la respuesta de la estructura corresponde a una distribución de desplazamientos tipo d que se pueden obtener, en las tres direcciones del espacio, mediante la aplicación de las siguientes cargas estáticas de proyecto: fuerza de frenado en la dirección longitudinal, fuerza de viento en la transversal y peso propio en la vertical. Sólo será de aplicación si la diferencia máxima entre las luces de los diferentes vanos que componen el puente no supera el veinte por ciento (20%).

El método suele presentar la ventaja de poder emplear cálculos ya realizados, aún cuando en ellos se han utilizado características mecánicas de las secciones brutas que pueden ser incompatibles con la situación de cálculo prevista. No obstante, a efectos de esfuerzos, la hipótesis de sección no fisurada implicará mayor rigidez, menor período propio y por tanto, casi siempre, mayores cargas que las que se obtendrían con propiedades de sección fisurada y, por el contrario, menores desplazamientos. Los valores así obtenidos, serán suficientemente aproximados, a efectos prácticos, en la mayoría de los casos normales.

Para cada dirección de la acción sísmica se podrá obtener un sistema de fuerzas equivalentes a dicha acción, que sobre cada grado de libertad de traslación i, de los N en que se ha discretizado la estructura, adoptará la siguiente expresión:

donde:

en la que:

c) Modelo de pila aislada

En los casos en que la acción sísmica sea soportada por cada pila, sin que exista una interacción con las adyacentes, el valor de la fuerza estática aplicada será:

Fi = Mi·a(T)·ac

donde:

T=2·p(Mi/Ki)1/2
donde Ki son las rigideces de los elementos de la subestructura.

3.2.4.2.4. Acciones en estribos

A efectos de aplicación de la presente Instrucción, en el estudio sísmico de estribos se diferenciarán básicamente dos casos: estribos continuos con el tablero (puentes integrales) y estribos flotantes o muros.

En los primeros, donde el estribo forma parte del tablero o es totalmente solidario con él, la acción sísmica que deberá soportar será la máxima transmitida por el tablero durante el terremoto. Cuando la acción sísmica sea también soportada por las pilas, deberán tenerse en cuenta las rigideces de éstas y la del estribo para establecer la carga sísmica transferida. Si por otro lado se pretenden minimizar daños en los estribos, éstos deberán ser diseñados para soportar el empuje pasivo capaz de ser movilizado por el relleno del estribo, que suele ser mayor que la fuerza máxima estimada transferida al estribo. Para ello se puede utilizar en una primera aproximación, la formulación que más adelante se expone.

En los estribos flotantes o en muros, las expresiones de Mononobe-Okabe pueden proporcionar una primera aproximación para los empujes activo y pasivo (Ea y Ep):

donde:

siendo ac la aceleración de cálculo (m/s2) y g la aceleración de la gravedad (9,8 m/s2).

En el caso en que no existan restricciones significativas para el movimiento del estribo, deberán preverse valores de este movimiento aproximadamente de dos décimas de la relación entre la aceleración de cálculo y la aceleración de la gravedad (0,2 ac/g) en metros.

(Apartado derogado por el R.D. 637/07 que aprueba la NCSP-07)

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