INSTRUCCION 6.3-IC "REFUERZO DE FIRMES"
Instrucción derogada por la ORDEN FOM/3459/03, de 28 de noviembre. No tenia aplicación desde la aparición de la Orden Circular 323/97 T, de 24 de febrero (sustitución parcial) y la Orden Circular 9/02, de 24 de mayo (sustitución total)

2. AMBITO DE APLICACION

Esta Norma se aplicará en los estudios y proyectos de refuerzo o renovación superficial de firmes existentes de carreteras estatales. Cuando se incluyan tramos con firme de nueva construcción (variantes y desdoblamientos de calzada), éste será proyectado de acuerdo con las Normas 6.1-IC o 6.2-IC.

Sólo será aplicable a refuerzos y capas de firme que se proyecten con los materiales considerados en el apartado 4.7.3. Cuando los materiales o unidades de obra sean diferentes de los considerados en 4.7.3, deberán justificarse las soluciones adoptadas, manteniendo en lo posible las reglas de esta Norma.

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