INSTRUCCION 6.3-IC "REFUERZO DE FIRMES"
Instrucción derogada por la ORDEN FOM/3459/03, de 28 de noviembre. No tenia aplicación desde la aparición de la Orden Circular 323/97 T, de 24 de febrero (sustitución parcial) y la Orden Circular 9/02, de 24 de mayo (sustitución total)

6. REFUERZO DE PAVIMENTOS DE HORMIGON

El refuerzo de un pavimento de hormigón será necesario cuando presente fallos generalizados de índole estructural, con grietas, roturas y escalonamientos en juntas, asientos y daños superficiales, que no puedan ser paliados económicamente por los métodos ordinarios de conservación y que afecten a corto plazo a la comodidad del usuario.

En todos los casos se procederá a un estudio especial para determinar la causa de los fallos y adoptar las medidas precisas (bacheo, drenaje, estabilización mediante inyecciones de lechada, etc.) antes de proceder al refuerzo, a fin de asegurar que el firme antiguo constituye un asiento suficiente estable para las nuevas capas.

El refuerzo podrá realizarse con mezcla bituminosa o con hormigón.

Para impedir la reflexión de juntas y grietas en el nuevo pavimento bituminoso, se recomienda que el espesor total de éste no sea inferior a 15 centímetros para la categoría de tráfico TR1 y clima lluvioso (más de 800 milímetros de precipitación media anual), ni a 12 centímetros en los restantes casos. La extensión se hará en dos capas, sirviendo la inferior además de capa de regularización, de acuerdo con el apartado 4.7.3.2.

Si el refuerzo se realiza con un pavimento de hormigón, éste podrá extenderse directamente sobre el pavimento existente (refuerzo parcialmente adherente) o con interposición de una capa aislante (refuerzo no adherente).

Los refuerzos parcialmente adherentes de hormigón no se recomiendan cuando el pavimento existente esté excesivamente fisurado por los efectos de la reflexión de grietas. Por otra parte, es favorable que las juntas de ambos pavimentos coincidan, así como el empleo de losas de hormigón armado de longitud no superior a seis metros o de un pavimento continuo de hormigón armado.

En los refuerzos no adherentes, la capa aislante tiene por objeto principal evitar la adherencia entre los dos pavimentos, así como la transmisión de grietas y juntas; sin embargo, puede servir también como capa de regularización. En este caso se recomienda el empleo de una mezcla bituminosa con un espesor mínimo, medido en cualquier punto, de tres centímetros.

Cuando sólo se busque el efecto aislante podrá emplearse una lámina de polietileno u otro producto que impida la adherencia.

Para determinar el espesor del nuevo pavimento de hormigón con juntas se recomienda calcular en primer lugar el espesor necesario según la norma 6.2-IC (1975) para el período de proyecto y la categoría de tráfico definidos en dicha norma.

Dicho espesor se reducirá después en función del pavimento existente y del tipo de refuerzo según la tabla 7.

Tabla 7
Reducción del espesor del pavimento calculado según la 6.2-IC

Espesor del pavimento de hormigón existente Refuerzo parcialmente adherente Refuerzo no adherente
20 centímetros o más 5 cm 3 cm
Menos de 20 centímetros 3 cm 2 cm

 

El refuerzo con pavimento continuo de hormigón armado sólo entrará en consideración para la categoría de tráfico TR1 o para tráfico aún más pesado, y su espesor será de 18 centímetros (hormigón tipo HP-45) o de 20 centímetros (hormigón tipo HP-40).

En el proyecto del refuerzo se seguirá en lo posible las reglas de la norma 6.2-IC (1975), "Firmes rígidos".

En casos extremos, puede ser necesario romper el pavimento existente en bloques de tamaño inferior a 0,2 metros cuadrados, que, adecuadamente apisonados y asentados, constituirán el apoyo del nuevo firme flexible o rígido. Este se dimensionará de acuerdo con las normas 6.1-IC o 6.2-IC para una explanada de la categoría E2.

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