ORDEN CIRCULAR 12/03, SOBRE MEDIDAS DE PREVENCIÓN EXTRAORDINARIAS EN OBRAS CON AFECCION A LINEAS FERROVIARIAS

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En fechas recientes se han producido una serie de accidentes relacionados, directa o indirectamente, con la ejecución de obras que interfieren en líneas ferroviarias próximas.

Con independencia del exhaustivo cumplimiento de las medidas reglamentarias en materia de Seguridad y Salud, contempladas, sin excepción, en todos los proyectos y obras de esta Dirección General; se ha creído necesario incidir, aún más, en la prevención de este tipo de riesgos sobre todo cuando es preciso cruzar a nivel una línea ferroviaria; por lo que se dictan a continuación una serie de preceptos que se llevarán a cabo en todos los proyectos y todas las obras dependientes de esta Dirección General de Carreteras.

Esta Orden Circular entrará en vigor el día siguiente al de su firma.

Madrid, 15 de septiembre de 2003

EL DIRECTOR GENERAL DE CARRETERAS