9. SEGUIMIENTO DE LAS ACTUACIONES

El seguimiento sistemático de los resultados de las actuaciones desarrolladas en el marco de los programas de seguridad vial es un aspecto de gran importancia, al que debe dedicarse especial atención. Su fin es mejorar el conocimiento de la eficacia de las medidas adoptadas (en TCA, preventivas, tanto por GD, CI, proyectos), para conseguir una base objetiva que permite seleccionar y priorizar las actuaciones que serán incluidas en los programas posteriores.

Para realizar este seguimiento se creará un archivo general de las actuaciones ejecutadas, con la estructura definida en los Anejos de la presente Nota de Servicio (o la que en su caso proponga posteriormente los Servicios Centrales), en el que se incluirán los datos de todas las actuaciones ejecutadas en los programas de seguridad vial en los últimos 5 años. Además, con objeto de realizar un seguimiento sistemático de las nuevas actuaciones de Seguridad Vial deberán registrarse, a partir de este año, todas aquellas realizaciones (con independencia del modo de gestión y del programa en el que se encuadren) en la red, dejando constancia gráfica (foto, croquis) del antes y después así como de cuantos datos sean necesarios para un posterior análisis de eficacia. Esta tarea corresponderá a la Asistencia Técnica de Seguridad Vial y en aquellos tramos con C.I. contará con el apoyo de estas empresas que les facilitarán periódicamente dicha información.

Asimismo, de todos aquellos proyectos redactados por las Asistencias Técnicas deberá cumplimentarse una ficha con los datos que en su día permitan una posterior explotación del seguimiento (a expensas de aquellos a cumplimentar en el momento de su materialización en una obra).

Semestralmente se redactará un informe de seguimiento en el que se detallarán las actuaciones ejecutadas por grupos, incluidas las que no precisen proyecto previo, la fecha de realización y puesta en servicio, su coste (y efecto en la accidentalidad), y, en su caso, la situación de las no finalizadas. El correspondiente fichero informático será remitido a los Servicios Centrales.

Con la misma periodicidad, también deberán remitirse todas aquellas modificaciones sustanciales experimentadas en la red, con independencia de que se deriven de uno u otro programa de la Dirección General de Carreteras o por otras causas (transferencias, nueva kilometración, etc.) y de acuerdo con lo especificado en el cuestionario que figura en el Anejo 4.

Se incluirá un plano, o al menos un croquis, con las carreteras afectadas y la indicación de los puntos kilométricos inicial y final de cada tramo puesto en servicio.